A partir de este martes 17 el Gobierno Nacional habilitó el transporte de larga distancia para aquellos que desarrollen actividades aprobadas en el contexto de la pandemia de coronavirus.
La resolución establece que “el Gobierno nacional habilitó la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de larga distancia –interurbano e interjurisdiccional–, ya sea por vía terrestre, ferroviaria o aérea para las personas que desarrollen actividades ya aprobadas en el contexto del aislamiento y distanciamiento establecido por la pandemia del coronavirus”.
La misma fue publicada en el Boletín Oficial en el día de hoy y lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del Ministro de Salud, Ginés González García.
Asimismo se aclara que “la autorización es otorgada al solo efecto de realizar las actividades autorizadas, debiendo limitarse la utilización del transporte de larga distancia estrictamente a dichos fines”. No obstante, “se recomienda evitar su uso cuando existieran medios alternativos para el desplazamiento”
En tanto, el uso de los medios de transporte descriptos se realizará de conformidad con los protocolos oportunamente aprobados por la autoridad sanitaria nacional.
Cabe agregar que las personas alcanzadas por la medida deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19” en argentina.gob.ar/circular.