“Hacele la multa por tonto”, le dijo un policía cordobés a su compañero tras descubrir que un conductor llevaba la licencia digital de conducir, pero no su versión impresa.
Esto generó una gran polémica porque mucha gente suponía que, con presentar la versión digital del carnet de conducir, era suficiente. A continuación, mirá el video.
¿Que dice la ley?
La Disposición 39/2019 dice que la licencia digital de conducir fue creada para que “la Autoridad de Fiscalización pueda consultar de manera inmediata el estado de la autorización para conducir oportunamente otorgada”.
Sin embargo, en el sitio oficial del Gobierno sobre normas de tránsito dicen: “Recomendamos llevar la licencia en formato físico”.
La versión definitiva
Miguel Rizzoti, secretario de Seguridad y Prevención de la Dirección de Accidentes de Tránsito de Córdoba, expresó: “Nos tenemos que remitir a la autoridad de aplicación, que es la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que resolvió que la licencia nacional de conducir digital es complementaria de la licencia en formato físico y no la reemplaza“.
El funcionario agregó: “Eso es lo que se sigue como lineamiento en todas las provincias y la licencia digital no reemplaza a la física en ninguna provincia“.
Rizzoti recordó: “Para circular dentro del país, debes llevar la Licencia de Conducir en formato físico en todos los casos“.