La Ley de Tránsito N° 24.449, en su artículo 40, exige una serie de documentos y elementos de seguridad obligatorios que son controlados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Documentos obligatorios para circular y evitar multas
Antes de comenzar un viaje largo o, simplemente, manejar en el día a día, es necesario contar con:
- Licencia de conducir con fecha vigente.
- Documento Nacional de Identidad.
- Cédula Verde o Azul (en caso de no ser el titular del vehículo).
- Verificación Técnica Vehicular o Revisión Técnica Obligatoria vigente.
- Comprobante de la póliza de seguro.
- Comprobante de pago de la patente.
- Comprobante y oblea vigente para el caso de vehículos que usen GNC.
- Ambas chapas patente colocadas bien visibles, sin alteraciones y en buen estado.
- Para los vehículos radicados en CABA y Provincia de Buenos Aires, se controlará el cumplimiento de la obligación de grabado de autopartes.
Elementos de seguridad obligatorios para poder circular
- Matafuegos portátil de polvo. Debe estar bien sujetado, al alcance del conductor y con control de carga.
- Balizas portátiles.
- Espejos retrovisores en ambos lados del vehículo.
- Cinturones de seguridad.
- En caso de llevar equipaje, debe estar sujetado y no exceder el peso máximo autorizado por el fabricante y los límites del vehículo.
- En caso de viajar con bebés o niños menores de 10 años se exige asiento especial homologado por las autoridades correspondientes.
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Multas, Multas de Tránsito
Hernán Martin