Toque de queda: Desde el lunes 11 se restringirá la circulación nocturna en la Provincia de Buenos Aires

Francisco Díaz

Finalmente el Gobierno de la provincia de Buenos Aires resolvió cómo implementará las medidas que dispusieron el presidente Alberto Fernández y su gabinete para reducir la aceleración en la curva de contagios de COVID-19. Se informó que a partir del lunes no se podrá circular de 1 a 6 en los municipios que se encuentran en fase 3 y 4.

“En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente”, detallaron desde el Gobierno provincial mediante un comunicado.

Así se decidió reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta diez personas, ya sea en espacios cerrados y abiertos. También será restringido el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.

Teniendo en cuenta la gran cantidad de fiestas clandestinas que se realizaron en las últimas semanas, la Provincia reforzará los controles para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar estos eventos. “Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos”, detallaron las autoridades bonaerenses.

En ese marco, habilitaron a las autoridades municipales para controlar el cumplimiento de la “obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias”.

En el caso de fiestas y reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

El próximo martes se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia y sus 135 distritos. Por el momento, hay 17 municipios en fase 5, 109 en fase 4 y 9 en fase 3.

Mapa de fases vigente

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