El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires amplió este jueves la licencia por maternidad y paternidad para los trabajadores estatales. Las autoridades impulsoras de la medida la consideran y definen como “mejor, más equitativa y más inclusiva”.
La medida se efectivizó hoy tras la firma de un convenio entre el Ministerio de Trabajo bonaerense y los gremios de trabajadores estatales.
Desde el Gobierno provincial se precisó que el acuerdo sobre condiciones de trabajo que firmaron los representantes del Estado y sindicatos enrolados en las leyes 10.430 y 10.471 implica “un régimen mejor, más equitativo e inclusivo, contribuyendo a reducir las desigualdades de género y dando cuenta de los cambios culturales, sociales y económicos de los últimos tiempos”.
Ahora, a los 90 días que contaba la madre se le sumarán 45 días que podrá utilizar totalmente o fraccionar con el padre, quien además se ve beneficiado con una extensión de su licencia por paternidad de tres a 15 días.
“Es un régimen más moderno y lo vuelve acorde a las conquistas de la época”, expuso el gobernador Axel Kicillof durante el acto que encabezó en la Casa de Gobierno provincial, junto a los ministros de Trabajo, Mara Ruiz Malec; de Salud, Nicolás Kreplak; y de las Mujeres, Estela Díaz.
Nuevas licencias
Entre los principales cambios, la medida fija que las personas gestantes contarán con una nueva licencia por cuidado del recién nacido de 45 días, que en el caso de la madre se suma a la de 90 días con la que ya contaba.
A la vez, se podrá optar por utilizar, compartir o fraccionar con su corresponsable parental, que, además, pasará de tener una licencia de tres días a una de 15.
También se incorporarán otros cambios como licencias por adopción más extensas para lograr el fortalecimiento de los vínculos con la nueva familia. Pasará de 90 días a un período de entre 120 y 180 días.
El acuerdo contempla licencias de nacimiento de niño o niña con discapacidad de hasta 180 días corridos y amplía otro tipo de licencias como por causa o asuntos particulares, que pasará de cinco a seis días.
Paralelamente, la licencia por fallecimiento del corresponsable parental pasará de dos o tres días a un período de uno a tres meses, según la edad del hijo o hija menor de edad; y a la licencia por atención de familiar enfermo se le adicionará otro período de quince días a los veinte que ya estaban estipulados.
Pasará a contemplarse la licencia por adaptación escolar. Se establecerá también una licencia por tratamiento de fertilización asistida de diez días por año.