La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Teconología Médica (ANMAT) prohibió, a través de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la comercialización de una marca alfajores y dos productos odontológicos.
La Disposición 5350/2020 determinó la prohibición de la “comercialización en todo el territorio nacional de determinados lotes de los productos” elaborados por la marca Doña Matilda:
1) Alfajor relleno con crema de avellanas y dulce de leche bañado con chocolate de cobertura semiamargo libre de gluten (RNPA Exp. 2019-16436349, lote 21/04/2020, consumo preferentemente antes de 20/07/2020).
2) Alfajor relleno con dulce de leche bañado con chocolate blanco cobertura libre de gluten (RNPA Nº Exp. 2019-16435757). 3) Alfajor relleno con crema de café y dulce de leche bañado con chocolate de cobertura semiamargo libre de gluten (RNPA N° Exp.: 2019-16436349).
En los considerandos se argumentó que el producto consignaba “registros de productos y establecimientos pertenecientes a otros productos” y estaban “contaminados al presentar valores de gliadinas superiores al permitido por la normativa vigente”.
Por otra parte, la Disposición 5422/2020 prohibió “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes, de los productos rotulados como: Brackets BIOMIM Roth – OrthoClassic a World Class Company USA, sin datos de responsable en argentina y Arcos odontológicos Orthoclassic – ARCHWIRE PACK – fabricante World Class Technology – USA, sin datos de responsable en Argentina”.