Procrear II: cómo inscribirse en el sorteo público y qué requisitos se necesitan

Hernán Martin

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió una nueva inscripción para la adjudicación de 526 créditos hipotecarios en diferentes provincias.

cuando-es-sorteo-procrear-casa-propia

Cómo funcionará el programa Procrear II

Se habilitó la inscripción de los créditos para vivienda que forman parte del programa Procrear II y quienes cumplan todos los requisitos, podrán anotarse.

Se abrieron las inscripciones para 526 casas en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, Santa Cruz y Santa Fe.

La iniciativa consta de un sorteo público que adjudica préstamos hipotecarios para la adquisición de viviendas nuevas en cuotas que se ajustan según el coeficiente Casa Propia. Los plazos de devolución tienen un techo de 30 años.

Pasos para inscribirse

  • Ingresar en el portal del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
  • Dirigirse a la pestaña de Procrear II.
  • Llenar el formulario correspondiente.

Cuáles son los requisitos para poder aplicar al Procrear II

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica).
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM.
  • Tener doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: Matrimonio; Unión convivencial; Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

Muy importante: todas las notificaciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.

Compartir este artículo