La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires informó que a partir de este jueves restringirá la circulación de vehículos de gran porte por la Autopista Buenos Aires – La Plata, la Autovía 2 y otras cinco rutas bonaerenses, con motivo del feriado nacional por el Día de la Memoria.
Según anunció la entidad dependiente del Ministerio de Infraestructura bonaerense, los objetivos de la medida vial es para facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir los siniestros de tránsito en las rutas turísticas bonaerenses durante el movimiento que plantea el fin de semana largo.
La restricción de la circulación a vehículos de 7 toneladas de porte por el feriado del Día de la Memoria alcanza a la autovía 2, Rutas Provinciales (RP) N° 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires-La Plata.
En sentido a la Costa Atlántica, la restricción para los camiones regirá a partir de esta tarde, desde las 18 hasta las 23:59 horas, mientras que el viernes 24 de marzo la medida tendrá vigencia entre las 6 y las 14 horas.
Con relación a las restricciones sentido a la ciudad de Buenos Aires, tendrán lugar el domingo 26 desde las 14 hasta las 23.59 horas.
En la autovía 2, la restricción para los camiones afecta desde el km 40,5 del Ramal Buenos Aires-Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires-La Plata hasta el Km 400 (Camet), mientras que en la ruta provincial 11, la medida es a partir de la encrucijada con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km 537 (Chapadmalal).
En la ruta provincial 36, no podrán circular camiones de gran porte desde la Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la confluencia con RP Nº 11 (Pipinas) y por la ruta 56, desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa) hasta su empalme con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).
En la ruta 63, la restricción por el Día de la Memoria operará desde el Distribuidor de Tránsito con Ruta 2 (Dolores) hasta la intersección con Ruta 11 (Esquina de Crotto) y en la ruta 74, desde su bifurcación con la RP Nº 56 (Maipú) hasta su encuentro con la RP Nº 11 (Pinamar).
Asimismo, precisaron que quedan exceptuados de esta prohibición los vehículos de carga de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados, así como los transportes de animales vivos, de pescado o mariscos y de productos frutihortícolas.
También, los vehículos de atención de emergencias, el transporte exclusivo de prensa y unidades móviles de televisión, de asistencia a vehículos accidentados, de carga de combustible y de medicinas o de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.