ARTÍCULO 1°. Declarar el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a los fines de la Ley N° 10.390 y modificatorias, para las explotaciones rurales afectadas por inundaciones del partido de Pila, por período 01/09/17 al 31/12/17.
Por cualquier inquietud los interesados deberán dirigirse a la oficina de Producción en el horario de 7 a 13 horas.-
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Pila
Francisco Díaz