Ya es oficial el nuevo piso salarial reglamentado por la AFIP para que las trabajadoras y trabajadores que perciban un ingreso mensual menor a $280.792 no pagarán impuesto a las ganancias.
El piso fue elevado contando los salarios que rigen desde el 1° de este mes, eso quiere decir que quienes perciban una remuneración bruta de hasta $280.792 no deberán tributar.
La normativa fue definida días atrás en el Decreto 298/2022 encabezada por Mercedes Marco del Pont, y fue informada en la Resolución 5206/2022 publicada en la última edición del Boletín Oficial.
El Poder Ejecutivo estableció que la normativa de la AFIP exime del cálculo del Impuesto a las Ganancias al medio aguinaldo que comenzará a abonarse en las próximas semanas.
“Los agentes de retención (empleadores) deberán generar una liquidación adicional respecto de las remuneraciones y/o haberes devengados desde el 1 de junio de 2022 que se hubieran liquidado por dicho período con anterioridad a la publicación de la presente resolución, a efectos de determinar las diferencias que, por aplicación de los montos establecidos por el Decreto N° 298/22, se hubieran generado a favor de los sujetos pasibles”, expresa.
En caso de existir diferencias por aplicación de los nuevos montos “deberán reintegrarse en la primera remuneración o haber que se pague a partir de la vigencia de esta resolución general”.
La medida establece que las personas que tengan remuneraciones mensuales de entre $280.792 y $324.182 brutos, deberán pagar una carga tributaria porcentualmente inferior. En enero de este año se produjo la actualización anual dispuesta por la Ley de Impuesto a las Ganancias (27.667) y el piso se elevó a $225.937.