La jubilación es un beneficio que mucho aspiran conseguir tras años de aportes. Sin embargo, para obtenerla, es necesario cumplir algunos requisitos; como tener la edad necesaria (60 las mujeres y 65 los hombres) y haber cumplido con los 30 años de aportes.
Debido a esto, quienes forman parte de la economía informal han tenido dificultares para acceder a la jubilación; ya que son pocos quienes han podido cumplir estos requisitos por no tener la cantidad necesaria de años de aportes.
Sin embargo, el panorama ha cambiado desde hace un tiempo, ya que existe una moratoria previsional para este grupo que no logró cumplir los requisitos.
Moratoria previsional para personas sin aportes
Como se mencionó, la moratoria previsional es una medida para quienes deseen jubilarse y no tengan aportes; o no lleguen a acreditar los 30 años que se requieren (es una opción para completar esta cantida de años).
En este sentido, se trata de una moratoria que permite al solicitante sin aportes, adquirir los 30 años necesarios para jubilarse (o los que le falten).
¿Cómo funciona la moratoria previsional?
La moratoria previsional o jubilación sin aportes equivale al haber mínimo y consiste en la adquisición de la jubilación pero con unos descuentos; los cuales son para compensar los años sin aportes.
De esta forma, si te jubilas con la moratoria previsional, tendrás dos descuentos:
- Pago de la obra social: Se trata de un descuento que se realiza a todas las jubilaciones, no solo a esta.
- Descuento por la moratoria: Consiste en un descuento que se le hace al importe de cada cuota mensual por la moratoria previsional; es decir, un descuento por los años de aportes faltantes.
En el caso del descuento de la moratoria, este no será por siempre; ya que se termina de descontar luego de un período de tiempo de 60 meses, osea 5 años.
¿Quiénes pueden jubilarse sin tener aportes?
Con la moratoria previsional pueden jubilarse quienes no hayan realizado aportes o no tengan los 30 años de aportes completos; ya que el objetivo de la misma es precisamente permitir que el interesado pueda adquirir los años que necesite para jubilarse.
Sin embargo, existen algunos impedimentos para optar por esta moratoria previsional, los cuales son:
- Cobrar alguna jubilación (nacional o provincial), plan social o pensión contributiva: En este caso, tendrás que renunciar a estos para optar por la jubilación sin aportes.
- Tener pensión por viudez: Si sos beneficiario de este tipo de pensión, tendrás que abonar la moratoria previsional de contado; lo que significa que no podrás acceder al plan de pagos.
Para saber si te podés jubilar, tienes la opción de completar un formulario en ANSES, el cual permite conocer tu situación y determinar si podes aplicar.
Nota relacionada: Cómo tramitar la PUAM
Historia Laboral
Para informarte acerca de tus aportes registrados, podés consultar los siguientes datos referidos a tu Historia Laboral:
- Las declaraciones juradas presentadas por tus empleadores.
- Los períodos registrados y tus remuneraciones como trabajador autónomo y/o monotributista.
- Información suministrada por las provincias transferidas a la Nación, en caso de que corresponda.
La constancia de Historia Laboral emitida de forma online no requiere la autenticación de un agente de ANSES. Los trabajadores también pueden solicitar un Reconocimiento de Servicios, que es una resolución firmada por ANSES con los aportes jubilatorios registrados en el ámbito nacional. Informate sobre cómo tramitarlo.
La consulta de tu Historia Laboral es personal, accediendo con tu Clave de la Seguridad Social a Mi ANSES > Trabajo > Consulta de Historia Laboral.
Moratoria previsional para mujeres y hombres
La moratoria previsional de la Ley 26.970, continúa vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años).
Para el caso de los hombres, se restablece la vigencia del artículo 6° de la Ley N° 25.994 por el término de 1 año, prorrogable por 1 año más. Dependerá su aplicación de lo que establezca la reglamentación que la AFIP dicte a tal efecto.
Los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 31/12/2003 para autónomo y hasta el 31/01/2004 si es monotributo y desde los 18 años de edad.
La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán trimestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad.
Por último, en el caso de tener dudas o requerir más información al respecto, podés comunicarse con la ANSES al número 130.