En una clara demostración de apertura política y búsqueda de consensos, el Intendente Municipal de Lezama, Agrimensor Arnaldo Harispe, se reunió el jueves próximo pasado con la totalidad de los Concejales de los diferentes bloques políticos que integran el legislativo lezamense, siendo el lugar de encuentro, el recinto del Honorable Concejo Deliberante de Lezama.
El Jefe Comunal se dirigió a los ediles, manifestando su voluntad de no promulgar la Ordenanza N° 620/16 titulada “Pirotecnia Cero”.
Los fundamentos esgrimidos por el Intendente hicieron referencia a la importancia de la protección del erario público municipal, considerando que empresas dedicadas a la comercialización de productos de pirotecnia y la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales, han expresado su intención de llevar a la justicia el tema de la “prohibición” a la que hace referencia la ordenanza en cuestión, por entender que la normativa local se contrapone con la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y su Decreto reglamentario N° 302/83, generando un conflicto legislativo que derivaría en la inconstitucionalidad de la ordenanza y consecuentemente con ello, daría origen a un perjuicio económico grave e irreparable, derivado de la afectación de miles de puestos de trabajo.
Asimismo, el titular del Departamento Ejecutivo hizo referencia a la Ordenanza que trata los “ruidos molestos”, y que fuera aprobada en el año 2013, entendiendo que la misma reglamenta el uso de material explosivo (pirotecnia), existiendo entonces, una sobrepoblación de normativas, ya que el articulado de ambas ordenanzas se refiere de la misma forma al tema que nos ocupa.
Posteriormente, expresó estar de acuerdo con el espíritu de la Ordenanza N° 620/16, proponiendo el trabajo mancomunado de los concejales, para lograr una Ordenanza superadora, que contemple y abarque las cuestiones enunciadas, asumiendo todos los concejales presentes de los diferentes bloques partidarios, el compromiso de seguir trabajando para lograr en un ámbito de consenso la Ordenanza necesaria, que contemple “no solo” la prohibición de la venta y el uso de la pirotecnia, sino la prevención y el cuidado en el uso de la misma, para el bien de todos los vecinos del Distrito.