A falta de cinco días para las Elecciones en Tucumán y San Juan, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió suspenderlas. Lo hizo debido a las medidas cautelares que la Oposición presentó para cuestionar la validez de las candidaturas de Manzur (a Vicegobernador de Tucumán) y Uñac (a Gobernador de San Juan).
Las presentaciones plantean la inconstitucionalidad de las candidaturas a Gobernador o Vice por la ocupación de esos cargos en más de tres periodos. Los opositores las presentaron días después de que se dieron a conocer las fórmulas con los candidatos.
El “Partido para la Justicia Social” (Tucumán) y “Evolución Liberal” (San Juan) realizaron los pedidos de amparo. Los fallos llevan las firmas de los Magistrados Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz.
¿Qué dice la Ley sobre las reelecciones en ambas Provincias?
El artículo 90 de la Constitución de Tucumán dice que el gobernador y el vicegobernador “podrán ser reelectos por un período consecutivo” y que el vice “aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido gobernador y ser reelecto por un período consecutivo”. No aclara la situación actual.
El artículo 175 de la Constitución provincial en San Juan(modificado en 2011) señala que “el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.
Tras la cancelación de las Elecciones, la corte pidió que se presenten informes en un plazo de cinco días para esclarecer el conflicto.