Jubilados y AUH: Extienden el 15% de reintegro en compras con débito

Andrea Fernández

La AFIP prorrogó el 15% de reintegro en compras con tarjetas de débito que hagan los pensionados y jubilados con haber mínimo; y los beneficiarios de la AUH y la AUE hasta finales del año.

En este sentido, la reintegración del 15% en compras con débito tendrá vigencia hasta el 31 del próximo diciembre. Dicho reintegro se realiza en las compras que hagan los beneficiarios con tarjetas de débito de las cuentas donde reciban sus pagos.

La AFIP también hizo oficial la extensión de la suspensión de la salida del sistema de los monotributistas por falta de pago durante agosto. Esta formalización la hizo mediante la resolución general 4797/2020 que se publicó en el Boletín oficial este jueves.

De esta forma, la AFIP aplazó el beneficio que rige desde el primero de marzo y que se vencería originalmente a fines de este mes.

Los reintegros del 15% no son del IVA

“No es reintegro de IVA”, aclaró la AFIP en un comunicado sobre la medida. Dichos reintegros son de hasta $700 al mes por personas, con un máximo de $1500 por hogar. Asimismo, destacaron que el universo de beneficiarios supera los 7 millones de personas”.

El organismo también expresó que: “los reintegros se acreditan en forma automática cuando los jubilados, pensionados y titulares de la AUH realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben las prestaciones”.

Por otra parte, el organimo explicó que “el beneficio también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR)”.

Además, el organismo concretó que “entre los jubilados y pensionados que cobren el nuevo haber mínimo a partir de setiembre el monto máximo del reintegro representará un ingreso adicional del 3,9% mensual”.

Suspensión de la salida del sistema de los monotributistas por falta de pago

La AFIP concretó que agosto no computarán los datos para contabilizar el tiempo necesario para las bajas automáticas. Por otra parte, la normativa actual determina la salida del régimen al no abonarse 10 cuotas consecutivas.

En este sentido, el organismo determinó que estos cruces de información en el sistema no se usarán en agosto; por lo que no se harán exclusiones.

Finalmente, el motivo de esta suspensión de las dadas de bajas es: “amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes”, es la razón de esta suspensión.

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