Luego de la polémica por los aumentos por decretos a jubilados, ahora un fallo judicial resolvió una nueva formula a aplicar hasta que se aplique una nueva fórmula de movilidad.
Según explicaron, los aumentos de las jubilaciones y pensiones por decreto no pueden ser inferiores a los índices fijados en la ley de alquileres que establece 50% inflación y 50% RIPTE.
El fallo no declara la inconstitucionalidad de los decretos firmados por el presidente Alberto Fernández, sino que ordena una mejora en la fórmula jubilatoria, haciendo hincapié en algunas cuestiones esenciales.
Los aumentos no pueden ser inferiores a los índices fijados por la ley de alquileres
Uno de los puntos que destaca el fallo es que el incremento de marzo que incluye una suma fija de $1.500, con independencia del monto del haber jubilatorio está fuera de las facultades delegadas pues significa en la práctica una distorsión del haber.
Al respecto de la fórmula que se considera adecuada para los aumentos, el fallo ordena que los decretos dictados o que se dicten no podrán dar un resultado menor al de la fórmula establecida en la Ley de alquileres mientras dure la delegación legislativa en el PEN.
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