Recientemente se han revelado los resultados de los estudios realizados a Fernando Báez Sosa en el Hospital Municipal “Arturo Illia” de Villa Gesell, quien fue víctima de una golpiza a la salida del boliche Le Brique en enero de 2020. Estos resultados médicos muestran que el adolescente habría fallecido en el hospital, lo cual contradice la afirmación previa de que “no tenía signos vitales” cuando fue atendido en la vereda.
Los documentos médicos incluyen análisis de sangre, un electrocardiograma y tomografías computarizadas de varias partes del cuerpo de Báez Sosa. Específicamente, el electrocardiograma confirma que el joven no murió en la vereda, como se había establecido durante el juicio por su muerte en enero de este año. En dicho juicio, cinco acusados fueron condenados a prisión perpetua y otros tres recibieron penas de 15 años de prisión.
El informe médico del 18 de enero señala que Báez Sosa falleció en el hospital municipal de Villa Gesell, lo cual contradice las versiones de algunos testigos que afirmaron que “no tenía signos vitales” al ser atendido en la vereda. Estos hallazgos médicos podrían tener un impacto significativo en el caso y podrían ser utilizados como evidencia para desestimar la sentencia.
El abogado de la familia de la víctima, Fernando Burlando, sostiene que los signos vitales registrados en el electrocardiograma podrían deberse a la medicación administrada y a las maniobras médicas realizadas. Según Burlando, “para nosotros, falleció en el lugar”. Sin embargo, fuentes judiciales afirman que este informe médico no se había incluido previamente en la causa, lo que podría permitir su uso para refutar la sentencia existente.
Burlando afirma que la prueba no se incorporó anteriormente a petición de la defensa. La aparición de este nuevo informe médico podría abrir un nuevo panorama legal mientras se espera la decisión del Tribunal de Casación Penal sobre las apelaciones presentadas por ambas partes.
En febrero, los jueces del Tribunal Oral Criminal (TOC) 1 de Dolores consideraron que las pruebas recopiladas eran suficientes para convalidar el delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”. Sin embargo, dictaron una condena diferenciada, argumentando que algunos de los acusados actuaron como coautores mientras que otros fueron considerados partícipes secundarios.
Los fiscales que llevan el caso han destacado que todos los acusados fueron coautores y han pedido que se les impongan condenas perpetuas. Por otro lado, el abogado Tomei ha planteado varios argumentos de nulidad contra la investigación y ha señalado que la sentencia del tribunal no tuvo en cuenta el principio de “incongruencia” entre la imputación original y los pedidos de pena realizados por ambas partes acusadoras.