El universo de las fotomultas de tránsito es complejo y muchos conductores descubren que han cometido una falta de la que no tenían ni idea al llegar una factura a su hogar que los intima a pagar.
Sin embargo, hay casos en los que resulta posible negarse a abonar estos abultados montos.
Tres casos donde es posible no abonar la fotomulta
- La foto debe ser legible: si el vehículo o su dominio no son claramente identificables en el acta, la fotomulta es nula.
- El cinemómetro debe estar homologado por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) y contar con la calibración anual necesaria. Sin ello, la infracción es completamente inválida, ya que no hay forma de verificar que se encuentre bien calibrado y la velocidad registrada sea la real. La pagina del INTI cuenta con el listado de todos los cinemómetros homologados, por lo cual con el número de serie del mismo y la fecha de infracción se puede verificar esta situación.
- Existe un margen de error de 3 km/h en la medición de la velocidad, por lo que en caso de encontrarse dentro de ese margen la fotomulta es nula.
Otros motivos para realizar un descargo y pedir la anulación de una multa de tránsito
- Prescripción: Habiéndose cumplido el plazo de prescripción que establece la ley (hoy en día rige 5 años para todo el país) y no existiendo ninguna causal de interrupción, es posible pedir el archivo de la misma por prescripción. Esto no opera siempre de oficio, sino que el conductor debe ir a solicitarlo.
- Situación excepcional: romper determinadas normas de tránsito por emergencias, por ejemplo, médicas. En este caso, debe presentarse la documentación que lo acredite.
- Permisos especiales para correo, personas con discapacidad, etcétera.
Importante: no es necesario contar con el patrocinio de un abogado para realizar el descargo, tanto en la sede administrativa como en la judicial, pero muchas veces tener el apoyo de un profesional del tema facilita todo el proceso.
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Hernán Martin