El Dr. Emiliano Lazzari, titular del Juzgado Contencioso Administrativo N° 2 de Dolores, resolvió en sendos fallos que tanto la Municipalidad de Chascomús como la de Pinamar no pueden exigir el libre deuda de infracciones de tránsito como requisito para tramitar la renovación de la licencia de conducir.
Los fallos surgen a partir de recursos de amparo presentados por vecinos de ambas localidades, que fueron resueltos de manera separada con distintos argumentos y fundamentos. Sin embargo, el magistrado coincidió en que ni los municipios ni la Provincia pueden condicionar la renovación de la licencia de conducir al pago de multas, ya que la ley no exige un certificado de libre deuda para expedir la licencia habilitante.
En su resolución, el juez enfatizó que la vía adecuada para el cobro de multas o infracciones es el juicio de apremio, mecanismo legal previsto para lograr la satisfacción de estas deudas sin afectar el derecho de los ciudadanos a renovar su licencia de conducir.
Si bien ambos fallos refieren a casos puntuales en Chascomús y Pinamar, constituyen un precedente significativo que podría ser utilizado en otros municipios de la Provincia de Buenos Aires. La exigencia del libre deuda es una queja recurrente entre los conductores, por lo que esta decisión podría sentar las bases para futuras resoluciones en la misma línea.