La Dirección Provincial de Registro y Control para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Buenos Aires informó que, con motivo de las elecciones a llevarse a cabo este domingo 22, en virtud del art. 134 inc. F de la Ley Provincial Nº 5109 y el art 136 del Código Electoral Nacional, se encuentra prohibido el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 20:00 horas del día de hoy, sábado 21 hasta las 21:00 horas del día domingo 22.
“Artículo 136. – Expendio de bebidas alcohólicas. Se impondrá prisión de quince (15) días a seis (6) meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce (12) horas antes y hasta tres (3) horas después de finalizado el acto eleccionario.”
Además, la Dirección de Producción, Comercio e Industria municipal recuerda que:
Durante el acto electoral y hasta tres (3) horas después de su finalización se prohíben:
- Los espectáculos populares al aire libre.
- Los espectáculos populares en recintos cerrados.
- Las fiestas teatrales y deportivas.
- Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.
A ochenta (80) metros de la mesa receptora de votos está prohibido:
- La realización de reuniones de electores en los domicilios.
- La utilización de las viviendas como depósito de armas.
- La apertura de organismos partidarios.
- La distribución de boletas de sufragios a los electores.
Doce horas (12) antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Tener abiertas las casas destinadas al expendió de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
- Para que la jornada del domingo finalice tranquila, también serán suspendidas todas las actividades públicas hasta tres (3) horas después de los comicios.