Las personas que no asistan el próximo domingo 22 de octubre a votar en las Elecciones Generales 2023 deberán afrontar una serie de penas.
Multas y restricciones
Las personas que no voten y no puedan justificar su acción ante la autoridad correspondiente enfrentarán diferentes penas:
- Deberán abonar una multa económica de 50 a 500 pesos (quien no pague esta multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año).
- Quedarán inscriptas en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
- No podrán ser designadas para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Quiénes están exceptuados de votar
- Las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deben votar deben justificar ante la autoridad policial más próxima que su situación obedece a motivos razonables.
- Las personas que estén enfermas o imposibilitados de asistir a votar por razones de fuerza mayor, justificadas por médicos del servicio de sanidad nacional.
- Los que son parte de un organismo o empresa de servicios públicos y, por razones relacionadas a su labor, están impedidas de votar.
- Los jueces o auxiliares que, por disposición expresa del Código Electoral Nacional, deben asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
- Los jóvenes mayores de 16 y menores de 18 años.
- Los mayores de 70 años.
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Elecciones 2023, Multa por no votar
Hernán Martin