Elecciones 2023: ¿Cuáles son los documentos válidos para votar en el balotaje?

Denisse Helman

Para participar en el balotaje 2023, es crucial contar con la documentación adecuada. Por eso, la Cámara Nacional Electoral estableció ciertos formatos válidos que los ciudadanos deben tener en cuenta.

elecciones 2023

El próximo domingo 19 de noviembre, los ciudadanos argentinos participarán en el balotaje para elegir la fórmula presidencial que liderará el Poder Ejecutivo en los próximos cuatro años. Sin embargo, es esencial comprender qué documentos son válidos para ejercer el voto en las elecciones de 2023.

Según la información proporcionada por la Cámara Nacional Electoral (CNE) en su página web, los votantes deben presentar el documento cívico que figura en el padrón electoral o una versión posterior del mismo. Es importante tener en cuenta que, si un ciudadano se presenta con un documento anterior al que consta en el padrón, no podrá ejercer su derecho al voto.

Documentación válida para votar en el balotaje

Para participar en el balotaje de las Elecciones 2023, se aceptarán los siguientes documentos:

  • DNI libreta verde y libreta celeste.
  • DNI tarjeta, incluso aquellos que indican “no válido para votar”.
  • Libreta de enrolamiento y libreta cívica.

En sintonía con las normativas establecidas por la Cámara Nacional Electoral, se subraya que el documento que se presente para votar debe ser de la misma versión o posterior a la que figura en el padrón electoral. Por lo tanto, no se permitirá el sufragio de ciudadanos cuyo documento corresponda a una versión anterior a la registrada en el padrón. Además, es importante destacar que no se admitirá el voto de quienes presenten el “DNI en su celular”. Es fundamental tener en cuenta estas indicaciones para garantizar una participación válida en el proceso electoral.

¿De qué manera se verifica la identidad del votante?

La única forma de verificar la identidad del votante es a través de la comprobación de su inclusión en el padrón electoral. En consecuencia, los ciudadanos podrán ejercer su voto exclusivamente en la mesa receptora de votos que conste en el padrón donde estén registrados y con el documento cívico correspondiente.

Ante posibles dudas sobre la identidad del votante, la persona a cargo de la presidencia de la mesa, ya sea por su propia iniciativa o a solicitud de los fiscales, tiene el derecho de interrogar a los ciudadanos sobre las distintas referencias y anotaciones presentes en el documento cívico.

Adicionalmente, tanto la Autoridad de Mesa como los fiscales partidarios tienen la facultad de impugnar la identidad de un elector si consideran que está falseando su identidad o si figura en el padrón con un color gris, indicando que está ausente por desaparición forzada.

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