Los 24 gobernadores avalaron en términos conceptuales la decisión presidencial de restringir las actividades frente al aumento geométrico de contagiados por el COVID-19, pero la resistencia puntual de Córdoba, Mendoza y Ciudad de Buenos Aires respecto a la prohibición de circular de noche que propuso el Presidente Alberto Fernández, determinó un cambio de estrategia sanitaria y política para enfrentar a la pandemia que no da tregua desde marzo de 2020.
En este sentido, y para evitar una fractura institucional, el Presidente aprobó anoche la redacción de un decreto reglamentario que establece parámetros técnicos destinados a establecer la responsabilidad institucional de los gobernadores ante el incremento de los casos de contagios.
Fernández junto a su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y al ministro de Salud, Ginés González García, firmarán hoy un decreto que reglamenta el artículo cuarto del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que estableció la actual etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).
“LÍMITES A LA CIRCULACIÓN: en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos aglomerados, departamentos o partidos de la Jurisdicción a su cargo, las autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2″, ordena el articulo 4 del DNU 1033/2020 que fijó las condiciones del actual período de DISPO que vence a fin de mes.
Si no hay cambio de planes, Cafiero y Ginés González anunciarán hoy en conferencia de prensa los alcances del decreto reglamentario que el Presidente terminó de corregir anoche en su despacho de Balcarce 50 antes de regresar a la quinta de Olivos.