El Gobierno le exigió hoy a las Empresas de Medicina Prepaga ofrecer a sus clientes planes de cobertura de salud con valores por lo menos 25% más bajos que los actuales. También deberán tener distintos copagos o coseguros para las prácticas y especialidades.
La decisión, emanada del decreto 743 de noviembre de 2022, quedó oficializada mediante las resoluciones 1 y 2 del Ministerio de Salud. “Estos copagos deberán entrar dentro de un rango definido y no podrán ser aplicados hasta tanto cuenten con la verificación correspondiente“, indicaron desde el Ministerio de Salud.
Los detalles del pedido que hizo el Gobierno a las Empresas de medicina Prepaga
Solamente se podrán cobrar copagos o coseguros por determinadas prestaciones de primer y segundo nivel de atención. Entre las primeras, figuran las consultas médicas; psicología; prácticas de laboratorio, pruebas diagnóstico-terapéuticas; prácticas kinesio-fisiatras; prácticas de fonoaudiología/foniatría; atención domiciliaria (códigos verde y amarillo) y odontología.
Las prestaciones de segundo nivel alcanzadas por la norma son Tomografía Axial Computarizada (TAC) y Resonancia Magnética Nuclear (RMN). También Radio Inmuno Ensayo (RIE); Laboratorio biomolecular, genético; Medicina nuclear, entre otras.
La resolución establece quienes quedan exceptuados de estos copagos. Ellos son: personas gestantes, niñas y niños hasta los tres años de edad (Ley N° 27.611); pacientes oncológicos, trasplantados y personas con discapacidad.