DOLORES: Conceden “prisión domiciliaria” al imputado por el robo al Dr. Zamora

Francisco Díaz

zamoraEn el acuerdo del pasado martes y por mayoría, los Jueces de la Cámara Penal de Dolores resolvieron confirmar la prisión domiciliaria otorgada al imputado por el robo del que resultara víctima el Dr. Héctor Zamora y su familia, perpetrado en dicha ciudad.

Es de recodar que el pasado 23 de agosto y con el pretexto de abonar servicios profesionales, entre 4 y 5 personas llegaron hasta el estudio ubicado en la calle Márquez de la ciudad de Dolores, lugar donde amenazaron con armas y privaron de la libertad al Dr. Zamora y también al Dr. Juan F. Caraccio, sustrajeron dinero y se apoderaron de las llaves de la propiedad y del domicilio particular del primero –frente a la Municipalidad-, hacia donde se dirigieron y bajo amenazas a miembros de la familia que allí se encontraban, se apoderaron de una suma millonaria de dinero y huyeron.

Una búsqueda en las redes sociales por parte de los damnificados permitió identificar a un sujeto afincado en una localidad del partido de la Costa, quien posteriormente fue detenido, al propio tiempo que se le secuestraba un vehículo de su propiedad Toyota Corolla, similar al que se había detectado movilizándose por el lugar de los hechos.

El sujeto, identificado como Omar Junco, de 77 años, por el deterioro que presentaba su estado de salud ha permanecido desde entonces detenido la mayor parte del tiempo en el sector habilitado en el Hospital Municipal San Roque (también lo estuvo en la Comisaría de Maipú y en el nosocomio de esa localidad)

La Juez de Garantías al resolver favorablemente el pedido de “prisión domiciliaria”, que en favor de Junto presentó su Defensor particular, sostuvo que si bien está imputado de los delitos de “Robo Doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por ser cometido en poblado y banda y Privación ilegal de la libertad”, más allá de la pena en expectativa se debía valorar los graves y serios problemas de salud que sufre, que no solo se detallan en la Historia Clínica sino que constan en el informe pericial elaborado por la Asesoría Pericial Mar del Plata, lo que ha coadyuvado a que la detención hasta este momento sea bajo internación.

Los Dres. Zamora y Caraccio en su calidad de Particulares Damnificados apelaron el beneficio otorgado, advirtiendo que el imputado no se encuentra medicado, que la resolución adoptada es una valoración arbitraria que solo tuvo en cuenta la situación física. Que la misma perito de la Asesoría ha manifestado que el imputado debía ser sometido a un estudio médico profundo, sin fundar precisamente, si el encierro carcelario no era aconsejable.

Además adujeron haber recibido amenazas, de la existencia de un testigo que ha puesto al descubierto que existió instigación por parte de un defensor en la Comisaría de Maipú, lo que hace que la investigación se vea entorpecida.

El Dr. Fernando Sotelo, Juez de Cámara y de primer voto en el caso, consideró que el imputado es mayor de 70 años, que el informe pericial sugiere por la edad del paciente y los movimientos involuntarios del miembro superior derecho, no aconsejable su permanencia en un establecimiento carcelario. Que del informe socio ambiental surge que sufrió la extirpación de un riñón, tiene dificultades en ambas piernas luego de sufrir un ACV, problemas de hipertensión y temblequeo en mano. También la carencia de antecedentes penales y/o condenatorios, que posee domicilio fijo, goza de buen concepto personal y vecinal, y que cuenta con el acompañamiento permanente de su grupo familiar.

Que por ello la decisión de la Juez de Garantías se ajustaba a los hechos y a derecho, y que al no presumirse peligro de fuga se podía conceder el beneficio en la forma dispuesta.

La Dra. Susana Miriam Yaltone votó por esos mismos fundamentos en igual sentido, mientras que el Dr. Felipe Defelitto lo hizo en contrario, resaltando éste Juez los delitos que se le imputan, la pena en expectativa, que la historia clínica acompañada es del año 2007, que el informe producido por la Asesoría Pericial de Mar del Plata concluye que el imputado debe ser evaluado de forma completa. También resaltó el Juez, que le resultaba “en principio llamativo, que una persona que estaría tan deteriorada pudiese cometer el hecho investigado”. Y en cuanto al peligro procesal de otorgar el beneficio, puso de resalto las amenazas que recibieron en oportunidad de concretarse la rueda de reconocimiento dos de las víctimas, proferidas por familiares del imputado y que motivaron pedido de custodia.

Por todo ello, sin desconocer la edad del imputado, tomando en cuenta la pena en expectativa, las características del hecho, las amenazas señaladas, para el Dr. Defelitto se debía revocar la prisión domiciliaria otorgada, debiéndose ordenar una nueva pericia médica exhaustiva, “que indique claramente el estado de salud del imputado y que, por sobre todas las cosas, de respuesta a lo solicitado oportunamente por la magistrada interviniente: ¿puede tolerar el encierro?, o si ello ¿implicaría un riesgo para su salud?.

Finalmente los Jueces por mayoría resolvieron confirmar la “prisión preventiva” otorgada a Omar Junco, la que se cumplirá en su domicilio de la localidad de Mar del Tuyú, con control de monitoreo electrónico por parte del Servicio Penitenciario y con el contralor de los familiares que conviven en esa vivienda mencionada, “no pudiendo exceder los límites” de la misma.

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