Un nuevo grupo se suma a la lista de los exentos para acceder a la divisa norteamericana. Enterate de qué se trata, en la nota.
A partir este lunes 3 de abril, se implementarán nuevas restricciones para el acceso al cupo de US$200 por persona y por mes.
La novedad es que aquellos que sean parte de la nueva moratoria previsional ya no podrán comprar en el mercado libre de cambios (MULC) ni dolarizar directa o indirectamente sus excedentes económicos a través del mercado de valores.
Según lo informado por el Banco Central (BCRA), la nueva normativa cambiaria se aplicará a las personas que se acojan a los planes de pago previsional establecidos por la Ley 27.705, y se mantendrá en vigencia hasta que hayan cancelado su deuda.
¿Qué es el Dólar Solidario o Dólar Ahorro?
El dólar solidario o dólar ahorro es la divisa a la que se accede de manera oficial a través de entidades financieras o bancos.
El valor de éste, está compuesto por el tipo de cambio oficial más impuestos que lo hacen un 65% más caro. Estos impuestos incluyen el 30% del impuesto PAÍS y otro 35% deducible del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales.
Para aquellos que no están exentos, pueden adquirir el dólar solidario a través del Home Banking o a través de entidades financieras autorizadas en el mercado de cambios.
¿Quiénes no pueden acceder al Dólar Solidario?
Quienes no pueden comprar Dólar ahorro son los siguientes:
- Las personas que adquirieron dólares MEP o CCL en los últimos 90 días
- Quienes percibieron salarios a través del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) en 2020
- Los beneficiarios de planes sociales o ayudas estatales como la AUH
- Los monotributistas que tengan créditos a tasa subsidiada en curso
- Quienes no tengan sus ingresos declarados
- Los cotitulares de cuentas bancarias
- Los que hayan utilizado su cupo de U$S200 en compras con tarjeta (incluyendo pagos en dólares a servicios como Netflix o Spotify)
- Quienes que tengan un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito
- Quienes hayan refinanciado sus deudas por créditos personales
- Prendarios o hipotecarios con bancos
- Los beneficiarios del refuerzo de ingresos pagado en mayo y junio de 2022
- Aquellos que reciben subsidios estatales para el pago de las tarifas de luz y gas
- Personas que ingresen a la moratoria previsional para jubilarse sin contar con los 30 años de aportes obligatorios.