La AFIP estableció que documentación deberán llevar los vehículos de turistas, particulares y de alquiler para circular por un país del Mercosur distinto al de la patente del auto.
La decisión fue formalizada por medio de la Resolución General 5366/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
De esta forma, el Gobierno adoptó una medida del Grupo Mercado Común que determinó que los vehículos comunitarios del Mercosur, cuando sean usados en viajes de turismo, pueden circular libremente en cualquiera de los otros Estados.
Qué documentación es obligatoria llevar para circular por el Mercosur
- Documento válido para circular en el Mercosur.
- Licencia de conducir.
- Documento que califica al conductor como turista emitido por la autoridad migratoria.
- Autorización para conducir el vehículo.
- Título oficial que acredite la propiedad del auto.
- Comprobante de seguro vigente.
Los documentos podrán estar en formato impreso o digital.
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Control vehicular, Mercosur
Hernán Martin