El Banco Central (BCRA) emitió un comunicado sobre las cuotas impagas de créditos que hayan otorgado distintas entidades financieras.
En dicho comunicado, el BCRA prorrogó hasta el 31 de diciembre la suspensión del cobro de intereses punitorios sobre cuotas impagas de créditos; los cuales hayan otorgado diversos bancos.
La medida incluye también aquellos créditos que se actualizan por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), pero no así para las financiaciones con tarjetas de crédito.
¿Cómo funcionará esta prórroga?
Además, de la prórroga para los intereses punitorios; en Banco Central indicó en el que esta medida no aplica a financiaciones con tarjetas de crédito.
Aunado a ello, los saldos impagos de los créditos que hayan otorgado los bancos; y cuyas cuotas tengan fecha de vencimiento entre el primero de abril y el último de diciembre de este año, no percibirán intereses punitorios.
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Así lo explicó el Banco central mediante el comunicado: “Las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final de vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio”.
Aunado a ello, el BCRA indicó que esta medida no tiene ningún tipo de influencia en “las financiaciones con tarjetas de crédito“.
¿Cuánto durará la prórroga?
A su vez, según el Directorio del Banco Central, la vigencia de la prórroga se extendió hasta el 31 de diciembre de este año. Es decir, se extendió 60 días más los plazos habituales de mora máxima en calificación 1, 2 y 3 de los deudores.
Débitos directos y débitos automáticos
Por otra parte, el Banco Central recordó que aún es posible revertir los débitos automáticos y los débitos directos, ya que la medida sigue vigente.
Por último, la reversión de los débitos se podrá hacer en los próximos 30 días continuos desde la fecha del débito. Luego de realizar la solicitud, los bancos tendrán la obligación de reintegrar los fondos en un período de tiempo de tres días hábiles.