Es posible que muchos bonaerenses desconozcan que pueden obtener la escritura de su vivienda de forma gratuita gracias a la iniciativa de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Este trámite, que ofrece múltiples beneficios, tiene ciertos requisitos específicos que deben cumplirse. A continuación, te explicamos todo lo que necesitás saber para escriturar tu vivienda sin costo alguno.
Mi escritura, mi casa
“Mi escritura, mi casa” es un programa del gobierno de la provincia de Buenos Aires que les permite a miles de familias tener garantizado el título de propiedad de sus viviendas de forma gratuita.
Mediante este programa de regularización dominial, cada vecino y vecina bonaerense obtendrá la seguridad jurídica de su hogar y podrá acceder a nuevos derechos como gestionar la protección a la vivienda, solicitar un crédito hipotecario para la ampliación de su casa o presentar la escritura como garantía. Además, al recibir el título a través de “Mi escritura, mi casa”, obtendrá la cancelación de las deudas acumuladas del impuesto inmobiliario.
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Requisitos para escriturar gratis
Para acceder al programa de escrituración gratuita, es necesario cumplir con una serie de requisitos documentales. Estos son:
- Fotocopia del Boleto de Compra-Venta, convenio de donación y sus cesiones (si existen). Si no tenés estos documentos, podés adquirirlos en una librería.
- Formulario con los datos personales de vendedores/as y/o apoderados/as (Formulario 1 o Formulario 5).
- Formulario de autorización del vendedor/a y/o apoderado para escriturar de acuerdo a lo establecido por la Ley 10.830 (Formulario 2).
- Formulario con los datos personales de compradores y/o apoderados/as (Formulario 3 o Formulario 5).
- Declaración Jurada de Vivienda Única y Ocupación Permanente (Formulario 4).
- Fotocopia de los DNI de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as.
- CUIT/CUIL/CDI según corresponda del comprador/a, vendedor/a y apoderado/a.
- Justificación de tu estado civil, acompañando:
- Si sos viudo/a, copia certificada o partida de defunción.
- Si sos divorciado/a, testimonio de la sentencia judicial.
- Si sos casado/a, copia del certificado o partida de matrimonio.
- Si tenés unión convivencial, copia con la inscripción en el Registro de las Personas.
- Fotocopia de la escritura anterior (la que está a nombre del vendedor/a o su original).
- Certificado de cancelación de deuda expedido por el vendedor/a (en caso de corresponder).
- Si el inmueble se ha originado por subdivisión posterior al título de propiedad, copia del plano.
- Si el bien se debe afectar primero a propiedad horizontal, incluir:
- Plano de Propiedad Horizontal entelado.
- Planillas de coeficientes.
- Fotocopia de un impuesto de ARBA o constancia de valuación fiscal.
- Para poder escriturar, la valuación fiscal de la vivienda debe ser igual o menor que $2.308.800 y la del terreno igual o menor que $1.154.400.
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Beneficios del programa
El programa de escrituración gratuita no solo facilita la obtención del título de propiedad sino que también ofrece otros beneficios significativos:
- Gratuidad en el trámite.
- Seguridad Jurídica que garantiza un Título Perfecto.
- Condonación del Impuesto Inmobiliario.
- Exención de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios.
- Tasas Municipales: La condonación de este impuesto depende de que cada Municipio dicte una Ordenanza al respecto. No obstante, la Escribanía General de Gobierno no está obligada a percibir el pago de la deuda existente al momento de la escrituración, aunque esto no implica que la deuda desaparezca.
Estos beneficios contribuyen significativamente a que las familias puedan regularizar la situación de sus viviendas, brindándoles seguridad y tranquilidad jurídica. Para más información, visita la web oficial de Escribanía General de Gobierno.