En una reciente resolución dictada por el Juez Federal de Dolores, Dr. Alejo Ramos Padilla, se dispuso el procesamiento, embargo y prohibición de salir del país a un abogado y a tres ex empleados de la UDAI de Anses Chascomús, imputados de “falsedad ideológica y defraudación a la administración pública”.
El Juez en 2018 había dictado la “falta de mérito” para con los denunciados y dispuesto profundizar la investigación, siendo su resolución apelada por la Fiscalía ante la Cámara Federal de Mar del Plata, tribunal de alzada que revocó la decisión del magistrado.
En el procesamiento dispuesto ahora por el Dr. Ramos Padilla precisamente lo señaló, indicando que el repaso de los hechos investigados, las pruebas incorporadas, los planteos de la Fiscalía y los descargos realizados por los imputados, imponían dictar el procesamiento de Aldo Rubén Segura (63 años), Juan Manuel Iturralde (50), Fernando Alberto Rampazzo (41) y Juan Leandro Yezza Ross (39) por encontrarlos prima facie responsables de los delitos “falsedad ideológica y defraudación a la administración pública”.
Señaló el Magistrado que la hipótesis de la investigación era el “otorgamiento indebido de dos beneficios previsionales (pensiones a concubinas) por parte de la UDAI Chascomús de la ANSES” en favor de dos vecinas de la localidad, para lo cual se habían falseado datos en las declaraciones juradas que se habían presentado con ese fin.
La resolución precisa que ese trámite había comenzado con la presentación efectuada por el abogado Fernando Rampazzo, quien lo había hecho como apoderado de las mujeres e introduciendo datos falsos de convivencia en las declaraciones juradas, con la finalidad que se les concediera el beneficio previsional de la pensión.
Que luego en el trámite administrativo habían intervenido Aldo Rubén Segura, Juan Manuel Iturralde y Juan Leandro Yezza Ross, que como funcionarios de la UADI de Chascomús habían validado los datos falsos que surgían de las declaraciones juradas presentadas por el abogado, puntualizándose que éstos sabían que la «convivencia previsional» exigida para conceder el beneficio previsional era falsa.
Se resaltó que uno de los trámites no había prosperado pero que el otro sí, ya que desde julio de 2012 la beneficiaria de éste había comenzado a percibir el pago mensual de la pensión, lo cual había generado un perjuicio patrimonial al Estado Nacional.
El Dr. Ramos Padilla para dictar esta nueva resolución lo hizo según los lineamientos de la Cámara Federal de Mar del Plata, que dijo habían señalado que con las pruebas obrantes en la investigación se había corroborado la participación de los imputados en las conductas dolosas que le habían sido atribuidas, las que habían culminado con el desapoderamiento de dinero al Estado Nacional a través del otorgamiento de dos pensiones en forma indebida, mediante la utilización de datos falsos.
Luego de hacer un repaso integral del caso e indicar que la Cámara Federal había señalado que “cada uno de los sujetos involucrados…, cumplieron distintas funciones con un único plan de acción común dirigido a obtener beneficios previsionales de modo indebido”, el Juez resolvió encuadrar las conductas atribuidas a Aldo Rubén Segura, Juan Manuel Iturralde, Juan Leandro Yezza Ross y Fernando Rampazzo en los delitos de “insertar (en el caso de los tres primeros nombrados) y hacer insertar (en el caso del último) declaraciones falsas en un instrumento público…, en concurso ideal con el delito de fraude en perjuicio de alguna administración pública..” (que el Código prevé con una pena máxima de 6 años de prisión) en calidad de Coautores, disponiendo en consecuencia “sus procesamientos sin prisión preventiva”, valorando para ello la ausencia de antecedentes penales y la situación de arraigo que los imputados tienen en Castelli y Chascomús, ciudades donde residen.
Asimismo dispuso trabarles embargo a cada uno por 100 mil pesos y la prohibición de salida del país.
Fuente: Diario Compromiso