Por tal motivo, cuando por razones sanitarias o de interés público, excepcionalmente, se haga necesario o razonable proceder a la quema de residuos o pasturas se deberá contar con permiso municipal e intervención de Bomberos Voluntarios de dicha ciudad, que dictaminará las medidas preventivas incluyendo si fuera necesario, su presencia en el lugar.
Cabe destacar que en los últimos días han sido requeridos los servicios de Defensa Civil como de Bomberos Voluntarios debido a la quema intencional, que han demandado muchas horas de trabajo como gastos materiales.
En el caso de no cumplir con las normas vigentes, y de acuerdo a la Ordenanza N° 4674 aprobada por el Honorable Concejo Deliberante, se sancionará a los responsables ejecutores y/o encargados de la generación de los focos ígneos, quema de pastos o similares y/o reducción de residuos mediante fuego en predios particulares y/o en la vía pública, según estación del año, situación meteorológica, ubicación relativa o distancia a sectores residenciales, instalaciones o actividades peligrosas, caminos o rutas; con multas de 50 a 500 módulos, siendo $ 91.56 el valor de cada módulo.