Chascomús: Desde el lunes los comercios permitidos atenderán hasta las 14:00 horas

Francisco Díaz

El Municipio de Chascomús decidió endurecer las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio tomadas por el Gobierno Nacional para evitar la propagación del coronavirus, tal como lo han hecho ya otros distritos de la región.

Así, este sábado el Intendente local, Javier Gastón, decretó una serie de medidas para la circulación de vehículos, el comercio local y corte de pasto que serán aplicadas a partir del próximo lunes 30 hasta la finalización de la emergencia sanitaria y el aislamiento social preventivo y obligatorio.

Las disposiciones que entrarán en vigencia, son las siguientes:

1- Todos los comercios del rubro alimenticio (supermercados minoristas y mayoristas, minimercados, autoservicios, almacenes, carnicerías, pescaderías, verdulerías, panaderías, fábrica de pastas, distribuidoras mayoristas de alimentos y actividades alimenticias similares); Veterinarias; Lavanderías; Ferreterías; Comercios de productos de higiene y/o de limpieza y Provisión de garrafas, deberán realizar atención al público en el horario de 7 a 14 hs., respetando las normas de sanidad dentro del local. En ese mismo horario podrán realizar Deliverys.-

2- Farmacias deberán funcionar al público en el horario habitual, respetando las normas de sanidad dentro del local. Farmacias de turno: las 24 horas.

3- Rotiserías, Restaurantes, Pizzerías, Confiterías, Cafés, Cafeterías, Cervecerías, Hamburgueserías, Heladerías, Servicio de comida o café en Estaciones de Servicio, Casas de Comidas y actividades de elaboración de comida similares, sólo están autorizados para realizar entregas a domicilios (Deliverys) de 12 a 21 hs.

4- Remises pueden circular de 7 a 14 hs., respetando las normas de sanidad dentro del vehículo, salvo aquellos que estén abocados a las entregas a domicilio (Deliverys) de comercios autorizados a tal fin y dentro del horario de los mismos.

5- Estaciones de Servicios (expendedoras de combustibles) deben garantizar guardias mínimas las 24 hs., respetando las normas de sanidad dentro del local.

6- Locales que comercialicen productos insumos de necesidad ante la emergencia sanitaria (como por ejemplo: telas para ropa de sanidad, trabajadores de seguridad, recolección de residuos, friselina para barbijos, etc.), sólo están autorizados para realizar entregas a domicilios en el horario de 7 a 14 hs.

7- Corte de pasto: se podrán realizar cortes de pastos excepcionalmente y previa insripción en el Registro Municipal en veredas, lotes baldíos y jardines, los días 03/04/20 al 08/04/20 en el horario de 7 a 18 hs. La autorización será remitida por la Dirección de Producción vía WhatsApp. Los frentistas podrán realizar el corte de pasto en su vereda en los mismos días y horarios antes indicados, no debiendo realizar la inscripción previa que se les exige a las empresas, jornaleros o cuentapropistas.-

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