Certificado de supervivencia en el IPS: Cuándo los jubilados deben presentarlo y cómo hacerlo

Denisse Helman

El Instituto de Previsión Social (IPS) de la provincia de Buenos Aires recordó cómo realizar el trámite conocido como fe de vida, el cual se puede realizar de manera online o presencial y es indispensable para reactivar beneficios en ciertos casos específicos.

Cómo y dónde presentar el certificado de supervivencia

jubilados provincia de buenos aires

El certificado de supervivencia puede ser presentado ante el IPS mediante uno de los siguientes organismos:

  • Registro de las Personas de la provincia de Buenos Aires.
  • Notario Público (Escribano).
  • Juzgado de Paz de la localidad donde resida el beneficiario.

Es importante tener en cuenta que las comisarías no están autorizadas para efectuar este trámite. El certificado debe ser expedido por una de las autoridades mencionadas.

Requisitos que debe cumplir el certificado de supervivencia

Para que el IPS acepte y valide el certificado de supervivencia, debe cumplir con ciertos requisitos:

  • Lugar y fecha de emision.
  • Confirmación de que la autoridad tuvo a la vista al beneficiario previsional.
  • Datos completos del jubilado o pensionado, incluyendo:
  • Nombre y apellido.
  • Número de DNI.
  • Número del beneficio que se desea reactivar.
  • Firma y sello aclaratorio de la autoridad que lo expide.
  • Si hay correcciones o tachaduras, deben estar debidamente salvadas por quien emitió el documento.

Quiénes deben presentar un certificado de supervivencia ante el IPS

¿Cuándo corresponde presentar supervivencia?

  • Si tu jubilación y/o pensión fue dada de baja por no percibir los haberes por tres meses consecutivos o por Cruce de datos en la República Argentina, podes reactivarlo y así volver a cobrar.
  •  Aquellas personas jubiladas o pensionadas que residan en el exterior del país, deben acreditar supervivencia cada 6 (seis) meses. Estos se computan desde la fecha de emisión del último certificado presentado y sobre días corridos.
  • Para reactivar un beneficio jubilatorio o pensionario dado de baja, la parte interesada deberá presentar ante las autoridades del Instituto de Previsión Social el Certificado de Supervivencia respectivo, emitido por autoridad competente.

Para más información sobre el trámite, podés ingresar al portal web oficial del IPS y seguir los pasos indicados.

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