Certificado de supervivencia en el IPS: Cuándo los jubilados deben presentarlo y cómo hacerlo

Denisse Helman

El Instituto de Previsión Social (IPS) de la provincia de Buenos Aires ha informado sobre la necesidad de que algunos jubilados presenten un certificado de supervivencia para continuar cobrando sus haberes sin inconvenientes. Este trámite, conocido como fe de vida, se realiza de manera presencial y es indispensable para reactivar beneficios en ciertos casos específicos. Los interesados deben sacar un turno a través del portal web del IPS antes de asistir a alguna de las instituciones habilitadas para expedir el certificado.

Cómo y dónde presentar el certificado de supervivencia

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El certificado de supervivencia puede ser presentado ante el IPS mediante uno de los siguientes organismos:

  • Registro de las Personas de la provincia de Buenos Aires.
  • Notario Público (Escribano).
  • Juzgado de Paz de la localidad donde resida el beneficiario.

Es importante tener en cuenta que las comisarías no están autorizadas para efectuar este trámite. El certificado debe ser expedido por una de las autoridades mencionadas.

Requisitos que debe cumplir el certificado de supervivencia

Para que el IPS acepte y valide el certificado de supervivencia, debe cumplir con ciertos requisitos:

  • Lugar y fecha de emision.
  • Confirmación de que la autoridad tuvo a la vista al beneficiario previsional.
  • Datos completos del jubilado o pensionado, incluyendo:
  • Nombre y apellido.
  • Número de DNI.
  • Número del beneficio que se desea reactivar.
  • Firma y sello aclaratorio de la autoridad que lo expide.
  • Si hay correcciones o tachaduras, deben estar debidamente salvadas por quien emitió el documento.

Quiénes deben presentar un certificado de supervivencia ante el IPS

IPS cobro jubilados 2024

La presentación de este certificado es obligatoria para todos aquellos jubilados o pensionados cuyo beneficio fue dado de baja por alguna de las siguientes razones:

  • No haber percibido sus haberes durante tres meses consecutivos.
  • Cruce de datos que resultó en la suspensión del beneficio.

En estos casos, los beneficiarios deberán obtener el certificado de alguna de las autoridades competentes y presentarlo en las oficinas del IPS para reactivar el pago de sus haberes.

Para más información o para reservar un turno, podés ingresar al portal web oficial del IPS y seguir los pasos indicados.

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