Aproximadamente unas 20.000 personas están imposibilitadas de comprar dólares en el mercado oficial porque sus números de CUIT y DNI fueron bloqueados por el Banco Central.
Se trata de personas que supuestamente incumplieron la ley penal cambiaria mediante la operatoria de “colero digital” o que, simplemente, superaron por otro motivo el cupo de u$s200 mensuales.
También se encuentran impedidas las personas que operaron con dólar bursátil (bolsa/MEP o contado con liquidación) sin respetar el lapso oficial de 90 días desde la última vez en que compraron el “dólar ahorro”.
¿Serán sanciones permanentes?
Afortunadamente, la respuesta es no, ya que la autoridad monetaria ya oficializó una medida que permitirá a los sancionados volver al mercado cambiario.
¿Cómo podrán comprar dólares?
Podrán levantar la sanción si venden de manera oficial la misma cantidad de divisas que adquirieron de manera indebida. Para esto, el Banco Central habilitó a que los bancos tomen estas operaciones mediante sus sistemas de home banking.
Por ejemplo, aquella persona que compró u$s300 mensuales cuando el monto máximo ya era de solo u$s200, únicamente podrá ser rehabilitado si demuestra que vendió 100 dólares.
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Por lo tanto, deberá acreditar esta operación presentando una nota ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (Sefyc). Este es el organismo que publica las listas de inhabilitados para operar con moneda extranjera.
Luego de este trámite, el BCRA volverá a habilitarla para operar en el mercado de cambios.