La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) confirmó el pago del complemento de $7.000 para el mes de octubre.
Se trata de un pago extraordinario de $7.000 que cobrarán en octubre quienes hayan presentado la Declaración Jurada (DDJJ); la cual es el actual remplazo de la Libreta de la AUH (Asignación Universal por Hijo). Seguí leyendo esta nota y conocé los detalles al respecto.
Pago del complemento de $7.000
El pago del complemento de $7.000 se confirmó para aquellos beneficiarios de la AUH que presentaron durante el mes de agosto la DDJJ.
Este es un trámite anual obligatorio para los titulares de esta asignación para cobrar el 20% retenido hasta dicho momento. En el caso de no cumplir con la presentación de la DDJJ, se les suspende el pago del 80% mensual y también pierden el monto retenido cada mes.
Por otra parte, tené en cuenta que el complemento de $7.000 es el monto designado por hijo, por lo que la cifra variará según la cantidad de hijos menores de edad bajo tu responsabilidad (hasta 6 hijos).
¿Quiénes cobran el complemento de $7.000 y cuándo?
Como se mencionó, la presentación de la Declaración Jurada es un trámite que corresponde a beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo. Por ello, quienes presentaron la DDJJ en agosto, serán quienes reciban este complemento de $7.000 en el próximo mes de octubre.
¿Cómo presentar la Declaración Jurada?
La Declaración Jurada que permite el cobro del complemento de la AUH, se puede hacer mediante turno previo o desde la distancia (virtualmente). En el caso de hacerse de forma online, los pasos a seguir son:
- Ingresá al sitio web de la Anses.
- Seleccioná la opción de “Mi Anses” e ingresá con tu CUIL y Clave de Seguridad Social.
- Hacé clic en “Hijas e hijos” y luego en “Declaración Jurada – Libreta AUH”.
- Por último, seleccioná el hijo por el que se hace el trámite (se debe hacer por cada menor e hijo discapacitado a cargo).
Una vez se haya realizado la presentación de la DDJJ, la Anses pagará la retención. En el mes de octubre le corresponde cobrar a quienes presentaron la Declaración Jurada en agosto. No obstante, tené en cuenta que el pago del 20% no se efectúa al momento del trámite; además, recordá que esta gestión se realiza una sola vez al año.
Por último, la fecha de vencimiento de la DDJJ es el 31 de diciembre de 2021, por lo que lo recomendable es hacer el trámite lo antes posible.