ATP: ¿Cuándo se cobra el salario complemetario?

Andrea Fernández

Las inscripciones para la ATP (Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción) culminaron este 4 de agosto; por lo que varias empresas privadas se sumaron y solicitaron el pago de sueldos de sus empleados.

Para tramitar la solicitud, las inscripciones se hicieron mediante el sitio web de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos); en la respectiva sección del programa ATP.

Nuevas condiciones del ATP

El ATP tendrá nuevas condiciones, las cuales el gobierno oficializó con la decisión administrativa que publicó en el Boletín Oficial 1343/2020.

Entre las nuevas condiciones se destacan: un ATP equivalente al 50% del sueldo neto, que no sea inferior al equivalente a un salario mínimo vital y móvil ($16.875) ni superior a dos SMVM  ($33.750); un límite de hasta 2 salarios mínimos para las actividades críticas (restaurantes, gimnasios, turismo, etc) y un límite de $ 25.300 para otros rubros.

Aunado a ello, este salario complementario no podrá resultar en un beneficio superior al sueldo neto del empleado del último mayo.

Asimismo, lo recibirán las empresas con una variación nominal de facturación interanual negativa. Para ello, se comparará el mes junio del 2020 con junio del 2019.

El ATP también puede ser un crédito para el pago de los salarios de julio en agosto; entre otras condiciones.

Fechas de cobro del ATP

La respuesta de fecha de cobro del 50% del ATP se estima que estará lista a mediados de agosto, entre el viernes 14 de agosto y el martes 18; ya quela AFIP debe traspasar primero la información de las empresas registradas en la ANSES.

Para realizar esta consulta, solo deberá ingresar al sitio web de la ANSES con su CUIL, y le proporcionarán su fecha de cobro.

Fechas de cobro del 50% del crédito

El ATP crédito lo depositarán en la cuenta de la empresa una vez se hayan cerrado las inscripciones según un comunicado de la AFIP; y se dará por un plazo de 12 meses.

Este crédito se otorgará a empresas con menos de 800 trabajadores y que tengan como actividad principal algunas de las incluidas en el ATP, entre otros requisitos. El monto será el resultado de la sumatoria del 120% de un SMVM por cada empleado de la nómina al 31 de mayo.

Asimismo, tendrá distintas tasas de interés entre 10%, 20% y 30%; y tendrá un período de gracia de tres meses desde la primera acreditación.

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