La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó cuántos días deben tomarse las empleadas domésticas por licencia de maternidad.
El comunicado oficial señala que la trabajadora tiene el derecho a una licencia de 90 días que será dividida en dos partes, 45 días antes del parto y 45 días posteriores al parto.
También se puede optar por reducir la licencia anterior al parto (que no podrá ser inferior a 30 días corridos) haciendo que se acumule el período de descanso posterior al parto.
Empleadas domésticas: ¿siguen cobrando durante su licencia?
Las trabajadoras de casas particulares podrán seguir cobrando por su trabajo y las asignaciones que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
“Durante la licencia, la ANSES paga a la trabajadora la prestación por maternidad (una de las asignaciones familiares previstas), que equivale al sueldo que cobra de manera habitual. Sin embargo, el empleador se lo debe pagar hasta que la licencia se haga efectiva. Durante este período, el empleador puede contratar a otra persona bajo la modalidad de trabajadora eventual: al darle de alta en la AFIP, debe incorporar la fecha de baja”, remarca la página web oficial del gobierno.
¿Cómo sacar la licencia por maternidad para empleadas domésticas?
- Ira la página de AFIP y clickear en “Acceso con Clave Fiscal“. Identificarse con CUIT o CUIL y la Clave Fiscal.
- Dentro de la sección “Mis servicios” buscar “Personal de Casas Particulares”. En caso de no figurar, debe darse de alta.
- Pulsar en “Cargar licencias”.
- Ir a la opción “Maternidad” en “Ingresá el tipo” e indicar la fecha “Desde” para que el sistema calcule los 90 días.
Importante: una vez que el usuario realizó todos estos pasos el sistema debe generar un comprobante.