ANSES dará de baja pensiones no contributivas: qué requisitos debés cumplir desde abril 2025

A partir de abril, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) implementará controles más estrictos para los beneficiarios de pensiones no contributivas y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). La medida se enmarca en una actualización normativa que busca reforzar el cumplimiento de las condiciones de residencia y permanencia en el país. Quienes no cumplan con los requisitos establecidos serán dados de baja y podrían perder el beneficio de manera definitiva.

Nuevo requisito clave: permanencia en el país

Según la resolución 918/2024 publicada en el Boletín Oficial, todos los beneficiarios deberán acreditar residencia continua en Argentina. En concreto, si una persona se encuentra fuera del país por más de 90 días consecutivos, ANSES suspenderá automáticamente el pago de la pensión.

Esta condición se controlará mediante los datos proporcionados por la Dirección Nacional de Migraciones. Por lo tanto, los viajes prolongados al exterior podrían derivar en la baja del beneficio.

¿Qué tipos de pensiones se ven afectadas?

Las pensiones alcanzadas por esta normativa son:

  • Pensión no contributiva por invalidez
  • Pensión no contributiva para madres de siete hijos
  • Pensión no contributiva por vejez
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)

Cada una de estas prestaciones está destinada a distintos perfiles sociales y exige requisitos específicos. A continuación, un repaso por los principales.

Requisitos para cobrar pensiones no contributivas en abril 2025

Pensión por invalidez

  • Ser argentino nativo, naturalizado o con residencia mínima de 10 años.
  • Tener menos de 65 años.
  • No cobrar otra jubilación o pensión.
  • Ingresos del grupo familiar no deben superar cuatro jubilaciones mínimas (si el beneficiario es menor).
  • En algunas provincias, se exige un informe catastral adicional.

Pensión para madre de siete hijos

  • Ser argentina o naturalizada con un año de residencia (15 años si es extranjera).
  • No recibir otros ingresos o prestaciones.
  • El cónyuge puede tener jubilación, pero no una pensión no contributiva.

Pensión por vejez

  • Tener 70 años o más.
  • Ser argentino con cinco años de residencia mínima, o extranjero con 40 años de residencia.
  • No recibir otros ingresos ni tener recursos propios.
  • No aplica si la persona está detenida o si ambos cónyuges buscan el mismo beneficio.

Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)

  • Tener 65 años o más.
  • Ser argentino con 10 años de residencia o extranjero con 20 años.
  • No cobrar otra jubilación o pensión.
  • Mantener residencia en el país.

¿Qué pasa si te suspenden el beneficio?

Si se detecta una estadía en el exterior mayor a 90 días, ANSES suspenderá el pago hasta que el titular vuelva al país y solicite la reactivación del beneficio.

Pasos para reactivar la pensión:

  1. Sacar turno en una oficina de ANSES.
  2. Presentar documentación que justifique la residencia.
  3. Completar el formulario de reclamo correspondiente.

En caso de que el incumplimiento no pueda ser justificado o se confirme que se incumplieron los requisitos, la baja será definitiva y no habrá posibilidad de apelar.

Monto actualizado de las pensiones en abril 2025

Con el aumento del 2,4% por inflación y el bono extraordinario de $70.000, los montos a cobrar serán:

  • Pensión por invalidez o vejez: $270.074,43
  • Pensión para madres de siete hijos: $355.820,63
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $298.656,50

Estas cifras incluyen el bono adicional dispuesto por el Gobierno para aliviar el impacto del contexto inflacionario.

¿Por qué es importante estar al día?

El cumplimiento de los requisitos no solo garantiza el acceso al beneficio, sino que también evita bajas preventivas que pueden demorar meses en revertirse. Mantener la documentación actualizada, evitar estadías prolongadas en el exterior y revisar la información declarada ante ANSES son pasos fundamentales para no perder esta ayuda económica.

ETIQUETAS
Compartir este artículo