La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una prohibición sobre la venta y comercialización de ciertas tinturas para el pelo y las pestañas debido a la presencia de elementos peligrosos para la salud.
Cuáles son las tinturas prohibidas por la ANMAT
Los compuestos prohibidos por la entidad oficial son:
- 4-Amino-3-hidroxitolueno (INCI: 6-AMINO-M-CRESOL; CAS N° 2835-98-5);
- 1,2,4-Trihidroxibenceno (INCI: 1,2,4-Trihydroxybenzene; CAS N° 533-73-3);
- Ácido 2-[(4-amino-2-nitrofenil)-amino]-benzoico (INCI: 2-[(4-Amino-2-nitrophenyl)-amino]-benzoic acid; CAS N°117907-43-4).
- 4-Amino-3-hidroxitolueno y el 1,2,4-Trihidroxibenceno.
- Ácido 2-[(4-amino-2-nitrofenil)-amino]-benzoico.
En conjunto, todas estas sustancias se consideran peligrosas y su uso en cosméticos fue calificado como peligroso tanto a nivel nacional como europeo.
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Ante este descubrimiento, la ANMAT le dio un plazo de 90 días a los fabricantes de estos productos para que realicen las modificaciones necesarias y presenten la documentación requerida para su aprobación.
Además, deben corregir las etiquetas de estos productos de acuerdo con las regulaciones vigentes.