Las entidades financieras están obligadas a avisarle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre las transferencias de sus clientes cuando estas superen determinados montos.
La orden oficial
A partir de la Resolución General 5348/2023, los bancos y entidades financieras deben emitir un aviso ante transferencias superiores a los 200 mil pesos mensuales.
Se incluye en esta medida a “los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales por cuenta y orden de personas humanas o jurídicas residentes en el país o en el exterior, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago”.
Qué sucede si no se declara el origen de una transferencia bancaria
En caso de ser monotributista, la AFIP podría sospechar evasión fiscal y aplicar duras sanciones, incluyendo revocar la condición de monotributista.
El banco, por su parte, puede retener o rechazar la transferencia, exigiendo una justificación de los fondos.