La AFIP anunció los nuevos montos mínimos a partir de los que revisará las cuentas de las personas que posean cuentas bancarias.
El organismo actualizó las cifras por las cuales los bancos y billeteras virtuales deben dar aviso de manera obligatoria de los movimientos de sus clientes.
A partir de que cifras se encienden las alarmas
A partir de este 1 de agosto, el monto mínimo de las acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales que se deberá informar a la AFIP será actualizado de 90.000 pesos a 200.000 pesos.
Por su parte, los consumos en tarjeta de débito acumulados por mes pasarán de 30.000 pesos a 120.000 pesos.
En el caso de las transferencias virtuales o bancarias pasarán de 200.000 pesos a los 400.000 pesos.
El organismo también actualizó los montos a partir de los cuales los bancos deberán dar a conocer la información sobre los plazos fijos. Según anunció, a partir de ahora controlará las operaciones mayores a los 200.000 pesos.
La AFIP aclaró que, si un usuario sobrepasa alguna de estas cifras, la entidad estará obligada a informar todas las operaciones realizadas a lo largo del mes.
Desde ese momento, la Administración Federal de Ingresos Públicos revisará si los números de la persona concuerdan con sus ingresos declarados.